T ALCALDÍA
NATURALEZA
La Alcaldía es el órgano ejecutivo de mayor jerarquía político - administrativa de la Municipalidad Distrital de Yauyos. Es el Órgano de Gobierno Municipal con atribuciones y funciones ejecutivas de planeación, dirección, coordinación, control, supervisión y evaluación de la Gestión Municipal en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás dispositivos legales. Está a cargo del Alcalde quien ejerce su representación legal.
Sus atribuciones y funciones se encuentran establecidas en el Artículo 20° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Depende directamente del Concejo Municipal Tiene mando directo sobre los siguientes cargos: Gerente o Sub Gerentes
La Alcaldía es el órgano ejecutivo de mayor jerarquía político - administrativa de la Municipalidad Distrital de Yauyos. Está a cargo del Alcalde,
quien ejerce su representación legal, establece los objetivos, formula, dirige y supervisa las políticas del gobierno local, ejerce las funciones de
titular del pliego presupuestario.
Funciones del Alcalde
a) Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos;
b) Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Concejo Municipal;
c) Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad;
d) Proponer al Concejo Municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos;
e) Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación;
f) Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
g) Dirigir la formulación y someter a aprobación del concejo el plan integral de desarrollo sostenible local y el programa de inversiones
concertado con la sociedad civil.
h) Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal;
i) Someter a aprobación del Concejo Municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de
Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo.
j) Aprobar el presupuesto municipal dentro del plazo previsto según Ley.
k) Someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el
balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido.